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Curso Celador de Instituciones Sanitarias

Curso Celador de Instituciones Sanitarias
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El Curso Celador de Instituciones Sanitarias es presencial en Madrid y Toledo. Los Celadores son los trabajadores que realizan las siguientes funciones: ·  ... Seguir leyendo

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Descripción del Curso

El Curso Celador de Instituciones Sanitarias es presencial en Madrid y Toledo.

Los Celadores son los trabajadores que realizan las siguientes funciones:
·    Tramitarán o conducirán sin tardanza las comunicaciones verbales, documentos u objetos que les sean confiados por sus superiores.
·    Trasladarán de unos servicios a otros los aparatos o mobiliario que se les indique.
·    Harán los servicios de guardia que correspondan dentro de los turnos que se establezcan.
·    Realizarán excepcionalmente aquellas labores de limpieza que se les encomienden cuando su realización por el personal femenino no sea idónea o decorosa en orden a la situación, emplazamiento, dificultad de manejo, peso de los objetos o locales a limpiar.
·    Cuidarán, al igual que el resto del personal, de que los enfermos no hagan uso indebido de los enseres y ropas de la Institución, evitando su deterioro o instruyéndoles en el uso y manejo de las persianas, cortinas y útiles de servicio en general.
·    Servirán de ascensoristas cuando se les asigne especialmente ese cometido o las necesidades del servicio lo requieran.
·    Vigilarán las entradas de la Institución, no permitiendo el acceso a sus dependencias más que a las personas autorizadas para ello.
·    Tendrán a su cargo la vigilancia nocturna, tanto del interior como exterior del edificio, del que cuidarán estén cerradas las puertas de servicios complementarios.
·    Velarán continuamente por conseguir el mayor orden y silencio posible en todas las dependencias de la Institución.
·    Darán cuenta a sus inmediatos superiores de los desperfectos o anomalías que encontraren en la limpieza y conservación del edificio o material.
·    Vigilarán el acceso y estancia de los familiares y visitantes en las habitaciones de los enfermos, no permitiendo la entrada más que a las personas autorizadas, cuidando no introduzcan en las instituciones más que aquellos paquetes expresamente autorizados por la Dirección.
·    Vigilarán, asimismo, el comportamiento de los enfermos y de los visitantes, evitando que estos últimos fumen en las habitaciones, traigan alimentos o se sienten en las camas y, en general, toda aquella acción que perjudique al propio enfermo o al orden de la Institución.
·    Tendrán a su cargo el traslado de los enfermos, tanto dentro de la Institución como en el servicio de ambulancias.
·    Ayudarán, asimismo, a las Enfermeras y Ayudantes de Planta al movimiento y traslado de los enfermos encamados que requieran un trato especial, en razón de sus dolencias, para hacerles las camas.
·    Excepcionalmente, lavarán y asearán a los enfermos masculinos encamados o que no puedan realizarlo por sí mismos, atendiendo a las indicaciones de las Supervisoras de planta o servicio, o personas que las sustituyan legalmente en sus ausencias.
·    En caso de ausencia del peluquero o por urgencia en el tratamiento, rasurarán a los enfermos masculinos que vayan a ser sometidos a intervenciones quirúrgicas en aquellas zonas de su cuerpo que lo requieran.
·    En los quirófanos auxiliarán en todas aquellas labores propias del Celador destinado en estos servicios, así como en las que les sean ordenadas por los Médicos, Supervisoras o Enfermeras.
·    Bañarán a los enfermos masculinos cuando no puedan hacerlo por sí mismos siempre de acuerdo con las indicaciones que reciban de las Supervisoras de planta o servicios, o personas que las sustituyan.
·    Cuando por circunstancias especiales concurrentes en el enfermo, no pueda éste ser movido sólo por las Enfermeras o Ayudantes de planta, ayudará en la colocación y retirada de las cuñas para la recogida de excretas de dichos enfermos.
·    Ayudarán a las Enfermeras o personas encargadas a amortajar a los enfermos fallecidos, corriendo a su cargo el traslado de los cadáveres al mortuorio.
·    Ayudarán a la práctica de autopsias en aquellas funciones auxiliares que no requieran por su parte hacer uso de instrumental alguno sobre el cadáver. Limpiarán la mesa de autopsias y la propia sala.
·    Tendrán a su cargo los animales utilizados en los quirófanos experimentales y laboratorios, a quienes cuidarán alimentándolos, manteniendo limpias las jaulas y aseándoles, tanto antes de ser sometidos a las pruebas experimentales como después de aquellas y siempre bajos las indicaciones que reciban de los Médicos, Supervisoras o Enfermeras que les sustituyan en sus ausencias.
·    Se abstendrán de hacer comentarios con los familiares y visitantes de los enfermos sobre diagnósticos, exploraciones y tratamientos que se estén realizando a los mismos, y mucho menos informar sobre los pronósticos de su enfermedad, debiendo siempre orientar las consultas hacia el Médico encargado de la asistencia del enfermo.
·    También serán misiones del Celador todas aquellas funciones similares a las anteriores que les sean encomendadas por sus superiores y que no hayan quedado específicamente reseñadas.

Salidas profesionales

Trabajar en Instituciones Sanitarias, como Hospitales, Centros de Día, Centros de Salud, Clinicas Privadas, Residencias.

Titulación

Una vez finalizado el Curso, y realizado las actividades correspondientes, el alumno recibirá:
·    Diploma de CELADOR DE INSTITUCIONES SANITARIAS

Destinatarios del Curso

A todas aquellas personas que deseen formarse dentro del ámbito de la sanidad queriendo desarrollar su vida laboral como celadores.

Temario del Curso

·    Bloque temático I. Normativa Jurídica Básica
- Unidad didáctica 1. Constitución Española
- Unidad didáctica 2. Ley General de Sanidad
- Unidad didáctica 3. Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud
·    Bloque temático II. Visión general del Celador como profesional del Sistema Sanitario Público
- Unidad didáctica 4. Funciones de los Celadores y del Jefe de Personal Subalterno
- Unidad didáctica 5. Funciones de asistencia al Personal Estatutario Sanitario
·    Bloque temático III. Documentación Clínica y no Clínica
- Unidad didáctica 6. Manejo y traslado de documentación sanitaria
- Unidad didáctica 7. Confidencialidad y derecho a la información
·    Bloque temático IV. Actuación del Celador en los Servicios Generales
- Unidad didáctica 8. El servicio de admisión y vigilancia
- Unidad didáctica 9. Habitaciones de los enfermos y estancias comunes
- Unidad didáctica 10. El traslado y la movilidad de los enfermos
- Unidad didáctica 11. El aseo del paciente
- Unidad didáctica 12. Atención al enfermo y a los familiares
·    Bloque temático V. Actuación del Celador en los Servicios Especiales
- Unidad didáctica 13. Actuación del Celador en quirófano. Normas de higiene. La esterilización
- Unidad didáctica 14. Actuación en las unidades de psiquiatría. Urgencias y traslado psiquiátrico.
- Unidad didáctica 15. Actuación en salas de autopsias y tanatorios
- Unidad didáctica 16. Actuación en farmacia y almacén
- Unidad didáctica 17. Actuación del Celador en el animalario
- Unidad didáctica 18. Actuación en la UVI/UCI
- Unidad didáctica 19. Actuación del Celador en relación con el enfermo terminal
- Unidad didáctica 20. Actuación del Celador en relación con el enfermo contagioso
·    Bloque temático VI. Actuación del Celador en Urgencias
- Unidad didáctica 21. Actuación del Celador en unidades de urgencias y ambulancias
- Unidad didáctica 22. Soporte Vital Básico
- Unidad didáctica 23. Urgencias respiratorias
- Unidad didáctica 24. Traumatismos, heridas y quemaduras
·    Bloque temático VII. Higiene y Seguridad en los Centros Sanitarios
- Unidad didáctica 25. Prevención de Riesgos Laborales
- Unidad didáctica 26. Actuación del Celador en el Plan de Emergencia de una Institución Sanitaria