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Oposiciones Agente Auxiliar del Cuerpo de Agentes Rurales de la Generalitat de Catalunya

Oposiciones Agente Auxiliar del Cuerpo de Agentes Rurales de la Generalitat de Catalunya
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Descripción de la Oposición

Las Oposiciones Agente Auxiliar del Cuerpo de Agentes Rurales de la Generalitat de Catalunya se imparten en modalidad PRESENCIAL Y SEMIPRESENCIAL en BARCELONA, LA CORUÑA, MADRID, PONTEVEDRA Y TOLEDO.

Examen

El tipo de examen que presentamos tiene un carácter orientativo, pues en cada convocatoria pueden pedir las pruebas que consideren más oportunas.

PRIMERA FASE: OPOSICIÓN. Ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio.
Primer Ejercicio: Perfil profesional y conocimientos.
Consta de 3 ejercicios obligatorios y eliminatorios:
-Perfil profesional: consiste en responder un test psicotécnico orientado a evaluar el grado de adecuación de las personas aspirantes en relación con el ejercicio de las tareas y funciones y con el entorno propios de la escala auxiliar, categoría de agente auxiliar (subgrupo C2) del cuerpo de Agentes Rurales. La calificación del ejercicio es de apto/a o de no apto/a.
-Cuestionario de conocimientos: Consiste en contestar a un cuestionario tipo test sobre los contenidos establecidos en la convocatoria.
-Supuestos prácticos: Consiste en desarrollar 2 supuestos prácticos (a escoger de 3).

Segundo Ejercicio: Conocimientos de lengua catalana. (Para las personas que no hayan acreditado poseer el nivel intermedio de catalán -B) Consiste en realizar ante miembros del tribunal, y, si procede, con los/las asesores/as especialistas que aquél designe, un ejercicio que consta de dos partes:

-Primera parte: se evaluarán los conocimientos prácticos de lengua catalana por medio de la redacción de una carta formal de un mínimo de 100 palabras, de la redacción de una nota de 50 palabras como mínimo y de la realización de ejercicios de gramática y léxico sobre aspectos lingüísticos relacionados con las funciones y/o actividades de las plazas objeto de convocatoria.
   
-Segunda parte: se evaluará la expresión oral por medio de la lectura en voz alta de un texto y una conversación guiada. Se valorará como Apto-No apto.

Tercer ejercicio: Conocimientos de lengua castellana. (Para las personas participantes que no tengan la nacionalidad española y no hayan acreditado un nivel intermedio (B2) de castellano).

Consistirá en redactar un escrito de 150 palabras, como mínimo, y en mantener una conversación con miembros del tribunal y, en su caso, con los/las asesores/as especialistas que aquél designe. La calificación de la prueba es de apto/a o no apto/a.

Cuarto ejercicio: Personalidad
Consistirá en resolver una serie de cuestiones orientadas a evaluar los rasgos de la personalidad de la persona aspirante, y también su adaptación personal y social, orientadas a detectar rasgos psicopatológicos o alteraciones de la personalidad que dificulten o imposibiliten el ejercicio de las funciones de agente auxiliar. La calificación de la prueba es de apto/a o no apto/a.

Quinto ejercicio: Pruebas físicas.
Consiste en la realización de los ejercicios físicos que se establezcan en cada convocatoria:
-Flexión de brazos
-Tracción general
-Course navette
-Circuito de agilidad
-Natación

SEGUNDA FASE: CONCURSO. Se valorarán los méritos establecidos en cada convocatoria.

TERCERA FASE: RECONOCIMIENTO MÉDICO.

CUARTA FASE: CURSO DE FORMACIÓN.

QUINTA FASE: PRÁCTICAS.
Deberá ser superada para ser nombrado funcionario de carrera de la Generalitat de Catalunya.

Requisitos de la Oposición

Para ser admitidos en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir el último día de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos (que podrán variar en función de cada convocatoria):
-Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles o de los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
    
-Haber cumplido 18 años y no superar la edad de 65 años.
    
-Tener el título de graduado/a escolar, de graduado/a en educación secundaria obligatoria (LOGSE), de técnico/a (LOGSE), de formación profesional de primer grado, o cualquier otro de nivel superior, o estar en condiciones de obtenerlo. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, hay que disponer de la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.
    
-Poseer el permiso de conducir de vehículos de la clase B o permiso equivalente de acuerdo con la normativa aplicable, y tenerlo en vigor.
    
-Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de convocatoria y no estar incluido en ninguna causa de exclusión médica de las establecidas en cada convocatoria (para lo cual deberán superar un reconocimiento médico).
    
-No estar inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública u órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas. Las personas participantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar, mediante una declaración jurada o promesa, que no están sometidas a ninguna sanción disciplinaria o condena penal o equivalente que les impida el acceso a la función pública en su país de origen.
    
-Tomar el compromiso de llevar armas mediante una declaración jurada, y cumplir las condiciones exigidas por la legislación vigente para obtener el permiso de uso de armas de fuego:
    
.Estar en disposición de conseguir el certificado de antecedentes penales, del Registro de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia, tal y como establece el artículo 97 del Real decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de armas.
    
.Estar en disposición de conseguir el informe correspondiente de aptitudes psicofísicas, y verificar las causas de denegación establecidas en el anexo 1 del Real decreto 2283/1985, de 4 de diciembre, que regula la emisión de informes de aptitud psicofísica para la obtención y renovación de licencias, permisos y tarjetas de armas.
    
.Estar en posesión de conocimientos de nivel intermedio de lengua catalana (Nivel B). (O acreditarlos superando la prueba establecida en la oposición para tal fin)

Los aspirantes que no tienen la nacionalidad española tendrán que poseer conocimientos de lengua castellana de Nivel intermedio (B2) (estos conocimientos se acreditan mediante la superación de la prueba establecida en la oposición o mediante la presentación de un Certificado conforme ha cursado la primaria y/o secundaria y/o el bachillerato en el Estado español, un Diploma de español (Nivel intermedio) o un Certificado de aptitud de español para extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas).

Temario de la Oposición

NUESTRO CURSO CONSTA DE:

1ª UNIDAD DIDÁCTICA

Legislación General.
Exámenes de Autoevaluación.

2ª UNIDAD DIDÁCTICA
Legislación Generalitat Catalunya
Exámenes de Autoevaluación.

3ª UNIDAD DIDÁCTICA

Parte Específica Agente Rural.
Exámenes de Autoevaluación.

Dossier
Guía de Estudios
Constitución Española
Estatuto de Autonomía de Cataluña
Leyes de Género
Prevención de Riesgos Laborales